TRADUCCIÓN JURADA DE DOCUMENTOS DE ADOPCIÓN
El proceso de adopción internacional es un proceso largo que abarca tanto los trámites previos a la adopción (proceso de solicitud, preparación de documentación…), así como posteriores a la adopción, a través de los informes de seguimiento. En todos estos trámites, se hace imprescindible recurrir a la traducción jurada de múltiples documentos, especialmente cuando se trata de una adopción internacional de países con lenguas oficiales distintas al español.
El primer paso para comenzar con los trámites de una adopción internacional es solicitarla a los Servicios de Atención al Menor de la comunidad autónoma en la que resida. Una vez solicitada, los servicios sociales pasarán a evaluar si se cumplen los requisitos exigidos para la adopción, a través de un informe de idoneidad, que deberá a su vez remitirse al país donde se quiera realizar la adopción. El informe de idoneidad es un documento que cuenta con 3 años de validez, y que recoge el informe realizado por un psicólogo y un trabajador social acerca de los aspectos sociales y psicológicos relevantes, así como las aptitudes, situación y capacidad de una familia para ser familia adoptiva. Es aquí donde entra en juego el papel del traductor jurado, ya que será necesario, en primer lugar, que este documento sea traducido al idioma del país donde se realiza la adopción. Sin embargo, esto es solo el comienzo de lo que compone un expediente de adopción, ya que se requerirán otros documentos, los cuales a su vez deberán ser traducidos. Aunque estos puedes variar dependiendo del país de adopción, los más habituales son:
- Solicitud de adopción
- DNI o pasaporte de los solicitantes
- Certificado de antecedentes penales
- Certificado de nacimiento
- Certificado de Fe de Vida y Estado
- Certificado de matrimonio, si procediera
- Libro de familia
- Certificado de empadronamiento
- Certificado médico
- Certificado de actividad laboral
- Declaraciones del impuesto sobre la renta de personas físicas y del impuesto sobre el patrimonio
De igual forma, para que estos documentos tengan validez en un país extranjero, no solo será necesaria la traducción jurada de estos, sino que dependiendo de si el país destinatario está adscrito o no al Convenio de la Haya de 1961, habrá que seguir una vía u otra:
- Si el país esta adscrito al Convenio de la Haya de 1961, será suficiente con incluir la Apostilla de la Haya para que estos documentos tengan validez legal.
- Si, por el contrario, el país destinatario no ha ratificado el Convenio de la Haya de 1961, dichos documentos deberán legalizarse por el Departamento de Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación en España y finalmente por el Consulado del país correspondiente en España.
Finalmente, tras haber formalizado la adopción internacional, es también necesario llevar a cabo una serie de trámites ante las autoridades españolas, que van a requerir de nuevo la traducción jurada al español. Para regularizar esta adopción dentro del territorio español, será necesario presentar la traducción jurada del certificado de nacimiento del niño adoptado. De igual forma, en algunos casos el país destinatario también exige una serie de informes de seguimiento de la adopción que también requerirá traducción.
Por tanto, la traducción jurada de los documentos que componen el expediente de traducción se convierte en un trámite obligatorio y esencial para poder adoptar. Entre los países en los cuales son adoptados más niños cabe destacar: China, Guatemala, Rusia, Etiopía, Ucrania, India, etc., lo que da lugar a una multitud de idiomas de traducción de dichos documentos. En Traductores Jurados Itrad contamos con un equipo de traductores jurados especializados en la traducción de documentos de adopción en todas las combinaciones de idiomas posibles, tenemos traductores jurados de ruso, de inglés, de francés , entre otros. Si está interesado en obtener la traducción jurada de los documentos que componen el expediente de adopción.
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