LA OFICINA TELEMÁTICA DE EXTRANJERÍA Y EL TRADUCTOR
En nuestra entrada de hoy queremos analizar el papel del traductor jurado en el nuevo trámite de la oficina telemática de extranjería.
Ya es posible tramitar documentación de extranjería de manera telemática, lo que agilizará numerosos procesos y evitará desplazamientos durante la situación de alarma provocada por el COVID-19. Cabe preguntarse si esto influirá de alguna manera en la labor del traductor jurado. En el post de hoy nos ocuparemos de dar más detalles sobre la oficina telemática de extranjería y lo que afecta esto al traductor jurado.
La situación de alarma provocada por el COVID-19 ha causado una parálisis en gran parte de la actividad económica del país. Muchas profesiones se han visto afectadas y las que mejor han sobrevivido son aquellas que se han adaptado a los procesos telemáticos y al teletrabajo. La profesión del traductor jurado se ha visto afectada en ciertos sectores, pero, ya que el traductor jurado trabaja de manera telemática con frecuencia, ha sabido adaptarse. Puede consultar nuestro post anterior para saber más sobre el traductor jurado y el teletrabajo https://traductoresjuradositrad.com/traductor-jurado-ingles/
Lo mismo ha ocurrido con las administraciones públicas. Su función se ha interrumpido temporalmente por el estado de alarma. Poco a poco van abriendo ciertas oficinas públicas, pero se recomienda priorizar el uso de medios telemáticos siempre que sea posible. Sin embargo, sigue siendo necesario para muchas personas la presentación de documentos en una oficina de extranjería o la tramitación de ciertos procesos. Por ello, se ha publicado la Resolución de 16 de abril, de la Dirección General de la Administración General del Estado en el Territorio, por la que se publica el Convenio con el Consejo General de la Abogacía Española, en relación con la realización de trámites administrativos y gestión documental por vía electrónica. Esta resolución se puede encontrar en el siguiente enlace https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-4698
Por medio de esta resolución, se hace posible la tramitación de documentos de extranjería por la vía telemática. Así, los trámites de extranjería que sean necesarios en la situación actual se pueden llevar a cabo y se ayuda a regularizar la situación. Esta vía reactiva la circulación de documentación administrativa y, en muchos casos, requiere la intervención de un traductor jurado. Por supuesto, es preferible que el traductor jurado desempeñe su función también de manera telemática.
Es de esperar que este hecho contribuya a la reactivación de la economía, pues no solo se requieren los servicios de un traductor jurado, sino que se han incorporado al registro más de 3000 abogados de toda España para poder presentar documentos en representación de terceros. Además, se espera que el número de inscritos aumente en los próximos días.
En lo que concierne al traductor jurado, es de esperar que la demanda de traducciones juradas de documentos administrativos aumente. Si necesita los servicios de traductor jurado para la presentación de documentos en la oficina telemática de extranjería, acuda a traductores jurados Itrad. Nuestro equipo cuenta con el nombramiento de traductor jurado y podrá realizar traducciones oficiales que hará que su documento tenga plena validad en la oficina de extranjería. Le aseguraremos una traducción de máxima calidad.
Desde traductores jurados Itrad hemos sabido adaptarnos a las necesidades del mercado y a la situación, por lo que ofrecemos nuestros servicios de manera telemática sin perder profesionalidad ni calidad en nuestras traducciones. Si necesita un traductor jurado para traducir sus documentos de extranjería, mándenos sus documentos escaneados a info@itrad.es y le daremos presupuesto sin compromiso. Sus traducciones serán oficiales y totalmente válidas en la administración pública.
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